Ágora
Derecho Ambiental · Venezuela · Serie Ambiental
Desechos peligrosos en Venezuela
El régimen vigente que toda empresa con operaciones en Venezuela debe incorporar desde la planificación
María Eugenia Reyes · Ágora Abogados SC · 2026
Marco normativo
Decreto N.° 2.635
Control materiales y desechos peligrosos · GO 5.245 · 1998
Ley sobre Sustancias Peligrosas
Generación, transporte, disposición final · GO 5.554 · 2001
Ambos instrumentos están vigentes. La Ley de 2001 no derogó el Decreto 2.635 — opera como reglamentación técnica subordinada.
Los 4 sujetos obligados — la cadena de responsabilidad no se transfiere por contrato
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Generador
Produce el material o desecho como resultado de su actividad. Primer eslabón.
Obligación clave
Registro ante MINEC. Planes de emergencia. Mayor carga de responsabilidad.
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Transportista
Traslada el material entre el punto de generación y el sitio de tratamiento o disposición.
Obligación clave
Portar hoja de seguridad, guía de despacho y póliza de seguro en todo momento.
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Almacenador
Custodia temporalmente el material bajo condiciones controladas.
Obligación clave
Impedir migración al ambiente. Separar materiales incompatibles. Respetar plazo máximo.
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Operador de disposición final
Trata, elimina o confina el desecho peligroso.
Obligación clave
Requiere autorización expresa del MINEC. Disposición en rellenos de seguridad autorizados.
Obligaciones operativas — aplican desde el diseño del proyecto
Registro ante el MINEC en el Registro de Actividades Capaces de Degradar el Ambiente
Clasificación conforme a sistemas ONU, actualizable por convenios internacionales
Planes de emergencia y contingencia diseñados e implementados por generador y transportista
Almacenamiento controlado — materiales incompatibles separados, plazo máximo regulado
Disposición final únicamente en rellenos de seguridad autorizados por MINEC
Autorización previa para importar materiales recuperables — sin ella, retorno al origen
María Eugenia Reyes
Ágora Abogados SC