¿Verdad o mito?: "El Tribunal Supremo establece que bonos pagados en moneda extranjera no constituyen parte del salario laboral"
Noticias virales afirman que el Tribunal Supremo estableció que los bonos en divisas nunca son salario. La realidad es más matizada — y equivocarse puede costar más de lo que se intentó ahorrar.
Desde hace unos meses, circulan noticias y videos virales afirmando que el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela estableció que los bonos en divisas no tienen carácter salarial.
Esto es, sin duda alguna, una noticia muy atractiva. Responde a la necesidad de los patronos de mejorar la liquidez mensual de los trabajadores sin incrementar el costo laboral.
Pero ¿es tan bueno como suena? En nuestra visión, es una verdad a medias.
Contexto
La sentencia N° 523 (13.11.25) de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo analizó el carácter salarial de un bono complementario de alimentación pagado en USD en una cuenta custodia. El TSJ ratificó que el beneficio no tiene carácter salarial en virtud del artículo 105 de la Ley Orgánica del Trabajo ("LOTTT").
¿Qué debemos precisar?
No es cierto: Que los bonos en divisas no tengan carácter salarial. Para que no sean salario, el pago debe estar justificado en alguno de los supuestos del artículo 105 de la LOTTT.
Sí es cierto: Que es un precedente relevante. El Tribunal Supremo validó un beneficio de alimentación no salarial pagado en efectivo/divisas, en contra de lo establecido en la Ley del Cestaticket Socialista, la cual solo lo permite en casos excepcionales. El Tribunal Supremo relajó el criterio que otorga carácter salarial a todo pago que reciba el trabajador, sea libremente disponible, pagado con ocasión de la prestación de servicios y que no guarde proporcionalidad con el salario.
¿Qué podemos hacer con esta decisión?
No basta con llamar "bono no salarial" al pago — hay que justificarlo. Es importante revisar que las bonificaciones no salariales tengan una justificación lógica, proporcional y plausible. El patrono y el trabajador deben definir por qué se paga y tener la capacidad de probarlo.
En materia laboral, la diferencia entre un beneficio bien estructurado y uno mal documentado puede costar más de lo que se intentó ahorrar.
Ágora Abogados S.C. asesora a patronos y trabajadores en la estructuración de beneficios no salariales sólidos, en la revisión de políticas de compensación y en la defensa de sus intereses ante la Inspectoría del Trabajo y los tribunales laborales. Nuestro equipo cuenta con abogados especializados en derecho laboral venezolano, con experiencia en la estructuración de beneficios, la revisión de políticas salariales y la representación en procedimientos laborales.
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Reserve una Consulta GratuitaAdvertencia: El contenido de este artículo es solo para fines informativos y no debe considerarse como asesoría legal. Aunque se ha realizado un esfuerzo para proporcionar información precisa y actualizada, las leyes, jurisprudencia y criterios administrativos pueden variar. Siempre se recomienda consultar a un abogado para obtener asesoría específica según el caso concreto.